Acceso a matriculados
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  • Nueva Calculadora de contratos de Locación

    Hemos desarrollado una práctica calculadora para que pueda fácilmente tener un valor orientativo sobre los montos de actualización de los contratos de Alquiler según la Ley 27.551
  • ¿Su inmobiliaria de confianza es operada por un Corredor Inmobiliario Legal?

    Ejercer la profesión sin matrícula viola la ley. Haga una búsqueda en nuestro padrón, si su inmobiliaria no está, no puede ni debe cobrarle comisión ni honorarios.

Video institucional CCPIM

Se hace saber modo aclaratorio que a partir de la Ley Nacional 25.028 que modificó la Ley 20.266, es requisito para ser corredor poseer título universitario, de lo que surge claramente que la actividad del corredor es una actividad profesional que requiere título habilitante, lo cual ha sido receptdo y reglamentado en las leyes provinciales respectivas que reglan la matriculación obligatoria quien, poseyendo título habilitante se encuentra debidamente matriculado ante el Colegio Profesional respectivo.

Por Consiguiente no cabe duda de que la actividad profesional del Corredor es personal e indelegable.-

Últimas noticias

EL SENADO RECHAZO EL DNU 70-23 DE JAVIER MILEI

Atento a lo ocurrido el pasado 14 de Marzo en el Senado de la Nación donde se rechazó el DNU 70/23 que derogó la nefasta Ley de Alquileres 27.551 de 2020 y que tanto daño produjo a locadores y locatarios, produciendo la mayor crisis de la historia en materia locativa, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Mendoza, manifiesta su enorme preocupación ante esta situación de interminable incertidumbre. Ha quedado demostrado con hechos concretos y datos reales publicados por esta Institución, sobre los efectos favorables que produjo la derogación de la Ley 27551 y su consecuente desregulación, con un considerable aumento de la oferta de viviendas en alquiler en los últimos 3 meses en la Provincia de Mendoza, como así también la disminución de los valores locativos en el inicio de los contratos, favoreciendo notablemente el equilibrio entre oferta y demanda. El CCPIM informa a todos sus matriculados como también a locadores y locatarios en general, que todos los contratos suscriptos desde la vigencia del DNU 70/23 son absolutamente válidos aún ante un eventual rechazo del DNU en la Cámara de Diputados de la Nación y su eventual derogación definitiva.-
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Cursos y capacitaciones

Beneficios para el matriculado

Ponemos a su disposición nuestro padrón de matriculados

Si quien busca no está, es ilegal

Ejercer la profesión sin matrícula viola la ley. Si su corredor inmobiliario no está en nuestro padrón,
no puede, ni debe, cobrarle comisión ni honorarios. No corra los riesgos de contratar un ilegal.
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